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REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL SOLICITANTE COMO SOCIO (Estatutos de AEFP)
Art. 5.- De los socios
1.- La asociación admite únicamente socios personales.
2.- Podrán pertenecer a ella todas aquellas personas que desarrollen y ejerzan o hayan ejercido, al menos durante dos años, como funcionarios de los grupos/subgrupos A1, A2 y C1, funciones técnicas o profesionales en archivos y organismos públicos españoles, ocupando plazas de archiveros, ayudantes o auxiliares de archivo, o ejerciendo funciones de archivero en cualquier organismo público español, independientemente del modo de ocupación de tales plazas o de la situación administrativa de sus ocupantes.
3.- Asimismo, podrán pertenecer a la asociación los archiveros que, perteneciendo a plantillas de personal laboral de organismos públicos españoles e independientemente del grupo profesional en el que estén encuadrados, ocupen o hayan ocupado, durante al menos dos años, plazas catalogadas como de archivero, técnico o auxiliar de archivo, o cualesquier otras denominaciones que indiquen claramente una especialización en funciones técnicas o profesionales de archivo.
Art. 7.- De los derechos de los socios
Los socios tienen derecho a:
1.- Participar con voz y voto en las deliberaciones y decisiones de las asambleas generales de la asociación.
2.- A elegir y ser elegibles miembros de la Junta Directiva de Archiveros Españoles en la Función Pública.
Art. 8.- De los deberes de los socios
Los socios tienen el deber de:
1.- Respetar y cumplir los estatutos de Archiveros Españoles en la Función Pública
2.- Acatar los acuerdos de las asambleas generales y de la junta Directiva de la asociación.
3.- Prestar su colaboración en los asuntos para los que sean requeridos por la Junta Directiva de la Asociación
4.- Abonar puntualmente la cuota de asociado.
5.- Concurrir personalmente, o por delegación, a las asambleas generales.
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Cuota anual: 50€
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Archiveros Españoles en la Función Pública (AEFP)
C/Alfaro, 35, 2º A
28025 Madrid
Si tiene dudas, por favor, contacte con nosotros en: aefp@aefp.org.es
DOCUMENTACIÓN QUE EL SOLICITANTE DEBE APORTAR
De manera preferente, se debe aportar alguno de los documentos esenciales que se detallan a continuación (art. 3.2 de la Instrucción JDI/1/2007, de 21 de mayo, de requisitos y procedimiento de admisión de socios):
1.- El nombramiento y/o título de funcionario o personal laboral.
2.- La Relación de Puestos de Trabajo (RPT) -en el caso de que sea funcionario- o el Catálogo de Puestos de Trabajo (CPT) -en el caso de que sea personal laboral- del organismo público donde trabaje, señalando el puesto de trabajo que ocupa.
Si no puede aportar ninguno de los documentos esenciales antes mencionados, debe remitir cualesquier otros documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los Estatutos de la Asociación para poder adquiirir la condición de socio, como: certificaciones laborales, títulos académicos de archivística o diplomas de cursos de ámbito público o privado relativos a temas relacionados con los archivos (art. 3.3 de la Instrucción JDI/1/2007, de 21 de mayo, de requisitos y procedimientos de admisión de socios).
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